Términos y condiciones
CONTRATO SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS POR CABLE EN EL CERRO DE MONSERRATE PRESTADO POR SOCIEDAD TELEFÉRICO A MONSERRATE S.A.
El presente contrato tiene como objeto establecer los términos y condiciones para garantizar el acceso, la calidad, eficiencia y seguridad en la prestación del servicio público de transporte de pasajeros por cable en el cerro de Monserrate; así como establecer las medidas para el adecuado ingreso, permanecía y salida de las instalaciones privadas y abiertas al público de la compañía Teleférico A Monserrate S.A (o la compañía). En desarrollo del contrato de transporte, de acuerdo a las siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO DE TRANSPORTE. La sociedad Teleférico A Monserrate S.A, empresa mercantil de derecho privado, vigilada por la Superintendencia de Transporte, prestadora del servicio público de transporte de pasajeros por cable, con habilitación y permiso de operación otorgado por el Ministerio de Transporte, se obliga con los usuarios, a cambio de un precio, a transportarlo en los sistemas de transporte por cable, teleférico y funicular, en los horarios establecidos por la compañía, las condiciones autorizadas por el Ministerio de Transporte y los términos del presente contrato, salvo circunstancias imprevistas, cambios operacionales u orden de autoridades competentes.
SEGUNDA. SISTEMAS DE TRANSPORTE POR CABLE.La prestación del servicio público de transporte por cable en el cerro de Monserrate podrá ser desarrollada mediante cualquiera de los sistemas por cable, teleférico o funicular, de acuerdo a los horarios, disponibilidad y necesidad del servicio que determine la compañía y al permiso de operación otorgado por el Ministerio de Transporte.
TERCERA. HORARIOS DE FUNCIONAMIENTO. Los horarios de prestación del servicio de transporte por cable podrán ser consultados a través de la página web de la compañía MONSERRATE.CO y en las taquillas ubicadas en el cerro de Monserrate.
CUARTA. OBLIGACIONES DE LA COMPAÑÍA. Son obligaciones de la Compañía, sin perjuicio de las previstas en la normatividad aplicable:
- Conducir al pasajero del punto de origen al punto de destino, salvo eventos constitutivos de caso fortuito, fuerza mayor u órdenes de autoridades competentes, en los términos definidos en este contrato.
- Conducir al pasajero sano y salvo durante el trayecto.
- Prestar el servicio de transporte en el cerro de Monserrate en los términos y condiciones establecidos en el presente contrato y a las obligaciones que por su naturaleza sean inherentes al mismo, según la ley, la costumbre o la equidad.
- Adoptar las medidas que propendan por la seguridad, higiene, calidad y comodidad del pasajero.
- Garantizar el derecho a retracto sobre la compra de tiquetes adquiridos de forma electrónica en los términos establecidos en la ley y el presenta contrato.
- Garantizar el derecho de desistimiento en los términos establecidos en el presente contrato.
- Recibir y dar trámite a las peticiones, quejas, reclamos, sugerencias (PQRS) presentadas por los pasajeros, conforme a la política dispuesta para estos efectos por la Compañía.
- Brindar información clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea sobre las condiciones y características del servicio que prestan.
QUINTA. OBLIGACIONES DEL PASAJERO. Son obligaciones del pasajero:
- Pagar la tarifa del servicio de transporte que ofrece la compañía, así como los cargos adicionales, de acuerdo a lo establecido en el presente contrato.
- Observar y acatar las medidas de seguridad establecidas por la compañía y los reglamentos oficiales.
- Cumplir con los reglamentos y políticas de la compañía, publicados y exhibidos en lugares fácilmente identificable por los pasajeros y/o página web, entre ellas, reglamento de transporte de mascotas, uso de instalaciones privadas y abiertas al público de la compañía Teleférico A Monserrate y transporte de artículos personales.
- Informarse respecto de los términos, políticas, reglamentos y condiciones establecidos por la compañía para la prestación del servicio público de transporte por cable en el cerro de Monserrate.
- Informarse sobre tiempo de espera para abordar los sistemas de transporte por cable y los horarios del cierre del sendero peatonal, administrado y operado por Instituto Distrital de Recreación y Deporte.
- Hacer uso de la información suministrada por la Compañía para la correcta ejecución del presente contrato y del servicio de transporte en el cerro de Monserrate.
- Adquirir los tiquetes de viaje única y exclusivamente en los canales de venta autorizados por la compañía.
- Asumir bajo su propio riesgo la custodia y transporte de sus artículos personales y demás bienes de su propiedad.
- Conservar el tiquete y la factura expedida en desarrollo del contrato de transporte.
- Responder patrimonialmente por los daños que cause de manera dolosa o culposa, el pasajero, personas o animales a su cargo, sobre los sistemas de transporte operados por la compañía y/o la infraestructura y bienes que sean de su propiedad o estén bajo su posesión, tenencia o custodia.
SEXTA. TIQUETE DE VIAJE.El tiquete viaje es la llave de acceso a los sistemas de transporte por cable en cerro de Monserrate y deberá ser presentado al personal de la compañía y/o registrado en los dispositivos electrónicos habilitados para abordar los sistemas teleférico y funicular.
Para que un tiquete sea válido deberá ser adquirido en los canales de venta autorizados, por personas mayores de edad o por menores entre 14 y 17 años, previamente autorizados por su representante legal; y ser usado en la fecha de expedición.
Los tiquetes adquiridos en taquilla solo serán válidos para la fecha de expedición. Los tiquetes adquiridos a través de la página web MONSERRATE.CO solo serán válidos para la fecha en la que fue programado el viaje.
PARÁGRAFO PRIMERO. En caso de pérdida o extravío de tiquete, el pasajero podrá presentar la factura entregada en taquilla para la reimpresión de tiquete, siempre y cuando, el tiquete no haya sido utilizado.
PARÁGRAFO SEGUNDO. En caso de presentarse problemas con la lectura de los tiquetes adquiridos por el usuario, la compañía procederá a realizar un proceso de verificación y validación de la información registrada. Finalizado dicho procedimiento, se le informará al usuario el motivo del problema. Si el tiquete fue adquirido válidamente, se le permitirá el acceso.
SÉPTIMA. CONTENIDO DEL TIQUETE.Todo tiquete emitido por la compañía contendrá como mínimo la siguiente información:
- Nombre e identificación de la compañía.
- Fecha de expedición del tiquete.
- Consecutivo del tiquete
- Caja y transacción
- Nombre del cajero
PARÁGRAFO. La compañía se reserva el derecho de incluir aspectos adicionales en el tiquete, como recomendaciones para el abordaje, canales y líneas de atención, entre otros elementos que a su criterio se consideren pertinentes.
OCTAVA. TIPOS DE SERVICIOS. El servicio de transporte público por cable prestado por la compañía tendrá las siguientes modalidades:
- Viaje sencillo: Permite un único trayecto (ida o regreso) por persona.
- Viaje ida y vuelta: Permite dos (2) trayectos (ida y regreso) por persona.
- Viaje Expreso: Permite dos (2) trayectos (ida y regreso) y concede la exclusividad en el coche o/y cabina para el usuario y sus acompañantes. Previa programación con la compañía.
- Viaje Fast pass: Permite el ingreso a una fila preferencial para el abordaje de los equipos de transporte por cable en dos (2) trayectos (ida y regreso).
- Transporte de artículos personales extra o equipaje de mano extra: Permite el ingreso de un artículo personal adicional al que tiene derecho el usuario por la compra del tiquete. Aplica para los elementos que no superen las dimensiones establecidas por la compañía en la cláusula décimo cuarta del presente contrato. Cada artículo adicional causara el pago de una tarifa independiente.
- Transporte de mascotas: Permite el transporte de ida y regreso de una mascota en el funicular. Para mayor información debe dirigirse al reglamento de transporte de mascotas.
- Viaje deportista: Permite un único trayecto (descenso) por persona de lunes a sábado de 5:30a.m. a 9:00 a.m. y su uso se encuentra habilitado hasta las 10:00 am.
- Tarjeta recargable: Titulo de transporte de uso exclusivo para deportistas. Permite la adquisición de paquetes de trayectos prepagados, los cuales tendrán vigencia de un (1) año contado a partir de la fecha de compra. La tarjeta deberá ser presentada en los dispositivos electrónicos (molinetes) habilitados para el registro del viaje, descontando automáticamente un trayecto del saldo disponible. Su uso se encuentra habilitado de 5:30 a.m. a 10:30 a.m., de lunes a domingo y festivos. Los términos y condiciones completos de la membresía deportista podrán ser consultados a través de la página web monserrate.co/deportistas/
PARÁGRAFO PRIMERO. Para todas las modalidades de transporte que comprendan dos (2) o más trayectos (tales como "Viaje ida y vuelta", "Viaje Fast Pass", "Tarjeta Recargable" o cualquier otra modalidad vigente), el título de viaje se considera único, integral e indivisible. La validación del primer trayecto vincula el tiquete exclusivamente al titular que inició la ejecución del contrato de transporte. En consecuencia, su uso es estrictamente personal e intransferible, quedando expresamente prohibido el fraccionamiento del servicio o su utilización fraccionada por personas distintas a quien efectuó la validación del primer trayecto. El incumplimiento de esta disposición facultará a la Compañía para invalidar el título de transporte de forma inmediata sin derecho a reembolso o compensación alguna por el valor cancelado.
NOVENA. TARIFAS. Las tarifas establecidas para los diferentes servicios de transporte por cable prestados en el cerro de Monserrate, así como las promociones y beneficios por persona o grupos, podrán ser consultadas en las taquillas ubicadas en el cerro de Monserrate, en la Página Web: MONSERRATE.CO, redes sociales oficiales del Cerro de Monserrate, Instagram, Facebook, así como cualquier otra plataforma semejante y respecto de la cual la Compañía haya declarado su carácter oficial; o vía telefónica al PBX de Teleférico a Monserrate.
Cualquier modificación de las mismas será publicada a través de dichos medios e indicaran la fecha de entrada en vigencia.
DECIMA. POLÍTICA PARA EL USO DE INSTALACIONES PRIVADAS Y ABIERTAS AL PÚBLICO DE LA COMPAÑÍA TELEFÉRICO A MONSERRATE S.A. En desarrollo del contrato de transporte y en procura de obtener un servicio en condiciones de celeridad, eficiencia y seguridad, los usuarios deberán ingresar, permanecer y salir de las zonas privadas y abiertas al público de la compañía Teleférico A Monserrate S.A, de acuerdo a los siguientes lineamientos:
- Respetar el orden de las filas establecidas por la compañía para la compra de tiquetes y abordaje de los sistemas de transporte por cable.
- No separar puesto en los salones o salas de espera para el abordaje a los medios de transporte.
- Seguir las instrucciones del personal operativo para el abordaje a los medios de transporte.
- Permitir la verificación de la información contenida en los tiquetes adquiridos por el usuario, particularmente en los eventos en que lleguen a presentarse problemas con la lectura de los mismos.
- No usar los tiquetes de ida y regreso para realizar dos viajes sencillo de ascenso o descenso al cerro de Monserrate por personas diferentes. Dichos tiquetes son exclusivamente para uso personal.
- No consumir ni transportar alimentos o cualquier otro tipo de elemento que genere malos olores en las salas de abordaje, coches o cabinas de los medios de transporte.
- No sacar ninguna extremidad por las ventanas de los equipos durante el trayecto (ascenso y descenso).
- No manipular las puertas de los medios de transporte y estaciones, sin la presencia de personal autorizado.
- No usar en los molinetes de ingreso los tiquetes de embarque (físicos o digitales) adquiridos para las modalidades de transporte que comprendan dos (2) o más trayectos (tales como "Viaje ida y vuelta", "Viaje Fast Pass", "Tarjeta Recargable" o cualquier otra modalidad vigente) para realizar viajes sencillos por personas diferentes. Estos títulos de transporte son de uso personal e intransferible.
DECIMA PRIMERA. CANALES DE VENTA DE TIQUETES AUTORIZADOS. Los únicos canales de venta autorizados por la compañía para la compra de tiquetes para acceder al servicio público de transporte por cable en el cerro de Monserrate son:
De forma presencial, en las instalaciones de la compañía:
- En las taquillas ubicadas en el cerro de Monserrate, en la parte inferior y en la parte superior.
- En los kioscos automáticos de venta y podrán ser utilizados con el acompañamiento del personal de la compañía, en el evento que sea requerido.
De forma electrónica.
- En la página web de la compañía: MONSERRATE.CO
- En las plataformas web aliadas autorizadas por la compañía
A través de aliados comerciales:
- Restaurantes del cerro Monserrate: “Casa Santa Clara”, “Casa San Isidro” “que brindan a sus clientes un tiquete con un trayecto de ida y regreso al cerro de Monserrate, el cual debe ser usado el día de la respectiva reserva.
- Agencias de turismo autorizadas por la compañía.
Parágrafo primero. La Compañía no será responsable ni prestará el servicio de transporte cuando el pasajero presente un tiquete adquirido en un canal distinto de los autorizados. Los tiquetes adquiridos en canales de venta no autorizados no son válidos ni darán lugar a la a los derechos contemplados en el presente contrato y en la normativa aplicable. Los canales de venta autorizados podrán ser consultados en MONSERRATE.CO
Parágrafo Segundo. Las redes sociales de la Compañía, incluidas Facebook, Instagram, y cualquier otra plataforma semejante y respecto de la cual la Compañía haya declarado su carácter oficial, serán utilizados para efectos de brindar información y publicidad a los pasajeros y al público en general acerca del servicio de transporte y de las promociones y ofertas. No constituyen un canal de venta autorizado.
DÉCIMA SEGUNDA. DERECHO DE RETRACTO. El usuario que adquiera sus tiquetes de forma electrónica, a través de la página web MONSERRATE.CO, podrá ejercer el derecho de retracto dentro de los cinco (5) días siguientes a la compra, con derecho al reembolso del valor total pagado, siempre y cuando no haya iniciado la ejecución del contrato de transporte. Si entre la fecha de adquisición del tiquete y la fecha programada para el viaje media un término inferior a cinco (5) días, el usuario no podrá ejercer dicho derecho.
El usuario deberá solicitar la cancelación de él o los tiquetes adquiridos través del correo electrónico customerservice@tiqets.com, o al correo remitido en el momento de la compra especificando el número de reserva. La compañía, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la solicitud donde conste el ejercicio de este derecho, realizará la reversión de la totalidad del dinero cancelado por el pasajero al método de pago utilizado, o aquel que informe, sin ningún tipo de descuentos o retención.
DECIMA TERCERA. DERECHO AL DESISTIMIENTO. Los usuarios podrán desistir del servicio transporte contratado en las taquillas ubicadas en el cerro de Monserrate, con derecho a la devolución total del dinero pagado, en los siguientes eventos:
- No uso de los medios de Transporte. Cuando el usuario no realice el registro en el molinete y el sistema no registre uso de los tiquetes adquiridos en las taquillas habilitadas, podrá desistir del servicio de transporte, desde la celebración del contrato hasta la hora del cierre de la taquilla del día de la compra, con devolución total del dinero cancelado. Para tal efecto, deberá acercarse a la taquilla principal asignada con la factura y los tiquetes entregados en el momento de la compra. Una vez realizada la verificación del NO uso, la devolución de las sumas canceladas se realizará en efectivo o mediante la anulación de la transacción en el datáfono, en el caso de pago con tarjeta. El término de reversión de la transacción dependerá de las políticas de la entidad bancaria del usuario.
DECIMA CUARTA. POLÍTICA PARA EL TRANSPORTE DE ARTÍCULOS PERSONALES O EQUIPAJE DE MANO. Todo pasajero tendrá derecho a ingresar dos (2) artículos personales que individualmente no superen los quince (15) kg y no excedan las siguientes dimensiones: Alto: Cincuenta y cinco (55) Centímetros, Ancho: cuarenta (40) Centímetros Profundidad: veinticinco (25) Centímetros.
PARÁGRAFO PRIMERO. Los artículos que superen la cantidad, peso o dimensiones descritas anteriormente, causaran el cobro de un valor adicional, por cada uno, el cual estará publicado en la página web MONSERRATE.CO y las taquillas.
PARÁGRAFO SEGUNDO. La Compañía no presta el servicio de equipaje de bodega, en consecuencia, el pasajero, en todo momento, será responsable de la custodia y transporte de sus artículos personal y de los demás bienes de su propiedad. Teleférico A Monserrate, en ningún caso, se hace responsable de pérdidas o hurto en el interior de las salas de abordaje, coches o cabinas de los medios de transporte.
DECIMA QUINTA. REGLAMENTO DE TRANSPORTE DE ANIMALES (MASCOTAS,ASISTENCIA Y APOYO EMOCIONAL) Todo pasajero podrá transportar máximo un (1) animal doméstico o de asistencia física o emocional, conforme a las siguientes categorías y condiciones:
- MASCOTAS O ANIMALES DE COMPAÑÍA: Son animales domésticos (caninos o felinos) destinados exclusivamente a recreación o compañía y que no cumplen funciones de asistencia ni de apoyo emocional debidamente acreditadas conforme a la normativa aplicable. El usuario deberá cancelar la tarifa vigente para mascotas antes del abordaje, en las taquillas del Cerro o en los canales autorizados por la compañía, MONSERRATE.CO. Las mascotas o animales de compañía serán transportadas únicamente en el sistema funicular y deberán ubicarse en el vagón del conductor. No obstante, en caso de presentarse una emergencia u otra situación operativa que así lo requiera, la compañía podrá autorizar el traslado del usuario y su mascota a través del sistema de teleférico. Debido al alto flujo de visitantes, el servicio de transporte de mascotas no se prestará los días domingos, durante la temporada navideña, Semana Santa ni en eventos especiales de alta afluencia previamente informados por la compañía.
- ANIMALES DE ASISTENCIA: Son caninos entrenados para realizar tareas específicas en beneficio de una persona con discapacidad física, sensorial o cognitiva, constituyendo un apoyo para la autonomía, orientación o movilidad del usuario. Salvo casos en que la discapacidad del usuario y la función de asistencia del animal sean evidentes, el propietario o tenedor deberá acreditar la condición de asistencia del animal presentando el carné o certificado expedido por un centro de adiestramiento nacional o internacional identificándolo con su arnés o chaleco distintivo en todo momento. El transporte de estos animales es gratuito siempre que cumpla con los requisitos antes señalados. En caso de que el usuario no acredite la condición de asistencia del animal, este será tratado bajo la categoría de “mascota o animal de compañía” y deberá cancelar la tarifa vigente establecida por la compañía conforme al reglamento de transporte de mascotas. Se garantiza el acceso permanente de estos animales durante todos los días del año incluyendo domingos, festivos y temporadas altas, previa validación de su condición de asistencia. El transporte de animales de asistencia se realizará preferentemente en el sistema funicular; no obstante, por condiciones de accesibilidad o por decisión operacional de la compañía, podrá efectuarse mediante el sistema teleférico. El ejemplar deberá ubicarse junto a su propietario o tenedor en un lugar donde no obstruyan pasillos o salidas y deberá permanecer bajo control de su propietario mediante arnés, collar o elemento de sujeción adecuado en todo momento.
- ANIMALES DE APOYO EMOCIONAL: Son animales que, sin tener un entrenamiento especializado para tareas de asistencia físicas, forman parte de un esquema terapéutico para brindar apoyo emocional a personas con condiciones de salud mental o emocional diagnosticadas.El propietario o tenedor del animal de apoyo emocional deberá acreditar su condición presentando un certificado emitido por un profesional de la salud mental (Psicólogo o Psiquiatra). El documento debe tener una fecha de expedición no mayor a un (1) año.El transporte de estos animales es gratuito, siempre que se acredite la condición mediante el soporte médico mencionado. En caso de que el usuario no presente la certificación requerida, el animal será tratado bajo la categoría de “mascota” y deberá cancelar la tarifa vigente establecida por la compañía.El transporte de animales de apoyo emocional se realizará preferentemente en el sistema funicular, salvo que por motivos operacionales la compañía decida su traslado en Teleférico. El ejemplar deberá ubicarse junto a su propietario o tenedor en un lugar donde no obstruyan pasillos o salidas y permanecerá bajo su control mediante collar, arnés o elemento de sujeción adecuado en todo momento.
PARÁGRAFO PRIMERO. Todos los animales, independientemente de su categorización, deberán portar el carné de vacunación vigente, el cual podrá ser solicitado para verificación por el personal de operaciones o seguridad de la compañía, o por las autoridades competentes.
PARÁGRAFO SEGUNDO. Los caninos definidos como razas de manejo especial conforme a la Ley 1801 de 2016 deberán portar obligatoriamente collar, bozal, carné de vacunación y registro correspondiente. El uso del bozal será obligatorio para cualquier animal que presente comportamiento agresivo, sin distinción de su categoría.
PARÁGRAFO TERCERO. El propietario o tenedor debe garantizar la movilización de su animal, ya sea categorizado como mascota, animal de asistencia o de apoyo emocional en condiciones adecuadas de seguridad, salubridad y comodidad, siendo responsable por cualquier daño que el animal cause a terceros, a otros animales o a la infraestructura de la compañía.
En consecuencia:
- Todo animal debe ingresar acompañado de su propietario y/o tenedor, quien deberá ser mayor de edad y permanecer siempre bajo su control y cuidado
- Los animales caninos deberán ingresar desplazarse con collar, arnés o traílla adecuada
- Los animales felinos deben ingresar en maletines o con collares especiales para su transporte y desplazamiento en las instalaciones de la compañía ubicadas en el Cerro de Monserrate.
- Queda prohibido dejar animales solos o atados en las instalaciones del Cerro de Monserrate.
- El pasajero debe recoger y limpiar los desechos sólidos y líquidos que genere su animal.
- El uso de bozal será obligatorio para cualquier animal que demuestre comportamiento agresivo.
PARÁGRAFO CUARTO. Queda expresamente prohibido el ingreso de animales indómitos, salvajes o de especies distintas a caninos o felinos. En consecuencia, no se permitirá el ingreso de anfibios, reptiles, roedores, hurones, aves, peces, animales de granja u otras especies no contempladas en el presente reglamento.
DECIMA SEXTA. EVENTOS DE NO PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE. La Compañía se reserva el derecho de negar el abordaje a los sistemas de transporte por cable, teleférico y funicular, a cualquier pasajero, en el evento de presentarse alguna de las siguientes circunstancias:
- Cuando el pasajero ha adquirido el tiquete en canales de venta no autorizados
- Cuando el pasajero participe o esté involucrado en riñas o en algún incidente que atente o ponga en riesgo la integridad física o mental de los pasajeros y al personal de la compañía.
- Cuando el pasajero intente validar el ingreso de otra persona mediante el uso de un tiquete de embarque, físico o digital, adquiridos para las modalidades de transporte que comprendan dos (2) o más trayectos (tales como “Viaje ida y vuelta”, “Viaje Fast pass”, “Tarjeta recargable” o cualquier otra modalidad vigente). Se prohíbe expresamente el fraccionamiento del servicio. El titular no podrá emplear un tiquete de “ida y regreso” para realizar dos viajes sencillos por personas diferentes, el contrato de transporte es personal, integral e indivisible.
- Cuando el pasajero cause afectaciones físicas a los equipos de transporte, a las instalaciones de la compañía o al personal de la compañía.
- Cuando el pasajero se comporte de manera agresiva o se dirija con expresiones injuriosas a los pasajeros o al personal de la compañía.
- Cuando el pasajero incumpla los lineamientos establecidos en el reglamento para transporte de animales domésticos.
- Cuando el pasajero incumpla los lineamientos establecidos en la política para el transporte de artículos personales.
- Cuando el pasajero puede representar una amenaza para la seguridad, sanidad y salud de los pasajeros, el conductor o el personal y se niegue a dar cumplimiento a los protocolos de bioseguridad establecidos por autoridad competente o la compañía.
- Cuando la no prestación del servicio se de en cumplimiento de leyes, reglamentaciones u órdenes de autoridades competentes.
- Cuando el pasajero incumpla los lineamientos establecidos en la política para el uso de instalaciones privadas y abiertas al público de la compañía teleférico a Monserrate S.A.
PARÁGRAFO PRIMERO. En el evento de presentarse alguna de estas circunstancias establecidas en la presenta clausula, la compañía solicitará, de forma inmediata, apoyo a la Policía Nacional para que impida el abordaje del pasajero y tome las medidas administrativas, a que haya lugar, en los términos del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
PARÁGRAFO SEGUNDO. El pasajero que realice alguna de las conductas señaladas anteriormente, no tendrá derecho a obtener el reembolso del valor pagado por el servicio de transporte, ni a la reprogramación del viaje
PARÁGRAFO TERCERO. Todo intento de validar el ingreso de una persona distinta a la que celebró el contrato de transporte con el mismo título de embarque (físico o electrónico), se considerará una violación a las políticas derecaudo y una ejecución inadecuada del contrato de transporte celebrado con la compañía Teleférico A Monserrate S.A
DECIMA SEPTIMA. CANCELACIÓN DE VIAJES POR PARTE DE LA COMPAÑÍA. En el evento que la compañía se vea obligada a cancelar el servicio de transporte por cable por circunstancias propias de la operación o hechos externos a la misma, los pasajeros tendrán derecho a obtener el reembolso del valor canceladoLa devolución podrá ser solicitada dentro de los siguientes treinta (30) días hábiles a la compra, mediante el diligenciamiento del formulario CO-FO-43. Devoluciones, anexando la factura, el tiquete, certificación bancaria y autorización en caso de pago a un tercero diferente al solicitante.La devolución de las sumas canceladas se realizará en efectivo o mediante la anulación de la transacción en el datafono en el caso de pago con tarjeta. El término de reversión de la transacción dependerá de las políticas de la entidad bancaria del usuario.
DECIMA OCTAVA. PETICIONES, QUEJAS, RECLAMOS Y SOLICITUDES DE USUARIOS. Todo usuario del servicio público de transporte por cable operado por la compañía tiene derecho a presentar Peticiones, Quejas Reclamos y Solicitudes,y obtener una respuesta expresa, oportuna y de fondo.
La radicación de las P.Q.R.S podrá realizarse a través de los siguientes canales:
- En forma física: Directamente en nuestras instalaciones podrá solicitar el formulario para radicar su P.Q.R.S o expresar a nuestros funcionarios sus inquietudes.
- En forma virtual: Página web: https://monserrate.co/atencion-al-usuario/, Correo electrónico info@monserrate.co o a través de mensajes directos en redes sociales: Facebook: cerrodemonserrate Instagram: cerromonserrate
- En forma telefónico: El horario de atención es de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 4:00 p.m. en jornada continua a través de nuestra línea de atención al cliente: (601) 2845700.
PARÁGRAFO PRIMERO. El término de respuesta de las peticiones, quejas, reclamos y solicitudes será de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente a su recepción, salvo los temas relacionados con la solicitud de documentos e información que deberán ser resueltos en un término no mayor a diez (10) días hábiles. La notificación de la misma se realizar de forma física a la dirección suministrada por el usuario o a través de correo electrónico, siempre y cuando este haya autorizado su notificación por este medio.
PARÁGRAFO SEGUNDO. Las P.Q.R.S radicadas de forma verbal, física o telefónicamente, serán registradas por los funcionarios de la compañía para su respectivo trámite.
DECIMA NOVENA. CONDICIONES ESPECIALES DE PASAJEROS. Los pasajeros que tengan condiciones de movilidad reducida podrán acceder a una fila preferencial para la compra de un tiquete, para él y un único acompáñate. Así mismo, tendrán prioridad para el abordaje de los sistemas de transporte por cable.
PARÁGRAFO PRIMERO. Si el pasajero padece de una limitación que no le permita comprender la realidad tendrá que viajar acompañado de un adulto responsable y certificar, médicamente, que su estado clínico no representa un riesgo para él mismo, ni para las demás personas usuarias del servicio. Tanto el acompañante como el pasajero deberán cancelar el valor total de la tarifa establecida para la prestación del servicio público de transporte.
VIGÉSIMA. TRANSPORTE DE MENORES DE EDAD. Todo niño(a) con una altura mayor de los 100 cm deberá cancelar un tiquete individual y no tendrá derecho a ningún tipo de descuento. Los niños(as) menores de catorce (14) años, para abordar los equipos de transporte por cable deberán estar acompañados en todo momento por un adulto responsable. Los menores a partir de los quince (15) años podrán viajar sin acompañante, presentando una carta de autorización, fotocopia de la cédula de los padres o representante legal y el documento de identidad del menor.
VIGÉSIMA PRIMERA. MANEJO DE DATOS PERSONALES. La compañía tratará los datos personales de usuarios de conformidad con la constitución política, la Ley 1581 de 2012 y demás normas concordantes, y la política para el tratamiento de datos personales adoptada por la compañía, la cual podrá ser consultada en la página web MONSERRATE.CO y la recepción de la compañía.
VIGÉSIMA SEGUNDA. DISPOSICIONES SUPLETIVAS. Los reglamentos y políticas de la compañía, publicados y exhibidos en lugares fácilmente identificables por los pasajeros y/o página web, se entenderán incorporados y harán parte integral del presente contrato.
VIGÉSIMA TERCERA. VIGENCIA. Los términos y condiciones del presente contrato tendrán una vigencia indefinida, cualquier modificación, supresión o adición será puesta en conocimiento de los usuarios a través de los canales oficiales de la compañía y solo tendrán efecto hacia futuro.
El presente contrato fue revisado en abril del 2026
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